Acueducto Rural la Cumbre-Dagua E.S.P
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DECRETO 221 (Junio 03 de 2026) Por medio del cual se adoptan las medidas preventivas de carácter transitorio en el municipio de La Cumbre (V) tendientes al ahorro y uso eficiente del recurso hídrico con el fin de mitigar el impacto del fenómeno del niño

Dagua, Valle del Cauca.

Medidas para el ahorro y uso eficiente del agua

La Administración Cooperativa La Cumbre–Dagua E.S.P. informa a todos sus suscriptores y comunidad en general que, mediante el Decreto 221 del 3 de junio de 2026, la Alcaldía Municipal de La Cumbre adoptó medidas preventivas transitorias para promover el ahorro y uso eficiente del recurso hídrico, ante las condiciones asociadas al fenómeno de El Niño.

Estas medidas buscan contribuir a la protección de las fuentes hídricas, prevenir situaciones de desabastecimiento y priorizar el recurso para el consumo humano.

¿Qué debemos tener en cuenta? De acuerdo con las disposiciones establecidas en el Decreto:

Uso responsable del agua

Se prohíben actividades que impliquen desperdicio o uso inadecuado del recurso hídrico, por lo que invitamos a todos los usuarios a hacer un uso responsable y priorizar el agua para las necesidades básicas y el consumo humano.

Para el sector agropecuario

Se prohíbe al sector agropecuario la toma del recurso hídrico de nacimientos o ríos entre las 6:00 a. m. y las 6:00 p. m., durante el período en que estos abastecen los acueductos rurales y urbanos y permiten el funcionamiento de turbinas hidráulicas para el abastecimiento de sectores rurales del municipio.

Captación de agua

Se prohíbe la captación de agua mediante motobombas, mangueras de cualquier diámetro, trinchos u otros medios artesanales que no cuenten con el debido permiso de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca – CVC.

Prevención de incendios

Se prohíben las quemas abiertas, urbanas y rurales, quemas controladas agrícolas, mineras, fogatas recreativas y demás actividades que puedan generar conflagraciones.

Por esta razón, hacemos un llamado especial a la comunidad a evitar cualquier actividad que pueda ocasionar incendios y afectar nuestras fuentes hídricas y ecosistemas.

Ingreso a áreas de importancia ambiental

Se restringe temporalmente el ingreso, tránsito y permanencia (camping) de turistas, caminantes y deportistas en áreas de significancia ambiental o protegidas, para lo cual se requiere el permiso de la Secretaría de Gobierno Municipal.

Nuevas disponibilidades de agua

De acuerdo con el Decreto, se establece la suspensión temporal de las expediciones de nuevas disponibilidades de agua por parte de las empresas prestadoras del servicio de acueducto, juntas, asociaciones, cooperativas y demás organizaciones que presten dicho servicio, hasta que el IDEAM informe sobre la finalización del fenómeno de El Niño.


El cuidado del agua es responsabilidad de todos

En estas condiciones, cada acción cuenta. Recomendamos a nuestros suscriptores:

  • Evitar desperdiciar agua.
  • Revisar y reparar fugas dentro de sus viviendas.
  • Reducir el consumo en actividades que no sean indispensables.
  • Mantener en buenas condiciones sus tanques de almacenamiento.
  • Evitar actividades que puedan afectar las fuentes hídricas.
  • No realizar quemas ni fogatas que puedan generar incendios.
  • Reportar oportunamente fugas o situaciones que puedan generar pérdida del recurso.

Cuidemos nuestras fuentes de agua

La Administración Cooperativa La Cumbre–Dagua E.S.P. continuará adelantando las acciones operativas y de seguimiento necesarias para contribuir a la continuidad del servicio, e invita a todos sus suscriptores a cumplir las medidas establecidas y hacer un uso responsable del agua.Cuidar el agua hoy es garantizarla para todos mañana. 

Fuente: Decreto 221 del 3 de junio de 2026 – Alcaldía Municipal de La Cumbre (Valle)..

Proyectó y elaboró: Yessica L. Cuero